ORDENANZA DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA DE ALCALÁ DEL JÚCAR (BOP. 24-02-2016)
- Se informa que por medio de citada Ordenanza, quedan prohibidas, entre otras, las siguientes conductas:
- Consumir alcohol en la vía pública.
- Perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos, mediante aparatos sonoros, cantos, gritos, megáfonos, o cualquier otro acto molesto.
- Generar ruidos innecesarios desde vehículos, tales como claxon, música, gritos o cualquier otro acto molesto.
- Realización de acciones que supongan un deterioro de los bienes y la conservación de la localidad o sus viales, tales como tirar residuos o realizar en la vía pública necesidades
- fisiológicas.
- Disparar petardos, cohetes y toda clase de artefactos pirotécni
- Circular por vía urbana en estado de desnudez, en ropa interior o con disfraces
El INCUMPLIMIENTO DE ESTA ORDENANZA PUEDE SER CASTIGADA CON MULTAS COMPRENDIDAS ENTRE 750 € y 3.000 €
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